martes, 17 de abril de 2018

Final Copa del Rey: suspensión si se vulnera la ley

Política, nacionalismo, independentismo y... juzgados. Todos asuntos al margen de lo verdaderamente importante el próximo sábado en el Wanda Metropolitano: el fútbol y, en concreto, la Final de la Copa de SM El Rey: desde los que quieren imponer la estelada a todos a los que, gratuitamente, otra vez, pretenden ofender a los que no piensan como ellos.

Con motivo de la final que disputaron los mismos protagonistas en 2016 solicité la intervención de los organismos a los que la ley señala con competencias en el asunto.

La única respuesta, llegada del Consejo Superior de Deportes, fue tan tajante como desalentadora, pues al tiempo que me espetaba “que no es necesaria una solicitud o petición para que la Comisión aplique la normativa en vigor en el ejercicio de sus atribuciones”, se contradecía respondiendo a los lamentables hechos que finalmente acontecieron con una total y absoluta dejación de funciones, permitiendo que se silbara al himno nacional y al Rey de España, se exhibieran banderas ilegales, pancartas, símbolos, emblemas y leyendas ofensivas, se entonaran cánticos que incitaban a la violencia y a la intolerancia, cuando no a la xenofobia, tanto en el recinto deportivo como en sus aledaños, o en los medios de transporte organizados para acudir al estadio.

Por su parte, el Presidente de la Liga de Fútbol Profesional viene abogando, año tras año, en las vísperas de la final, por soluciones drásticas, incluso hace escasos días ha respaldado literalmente la aplicación al caso del artículo 155 de la Constitución Española para acabar afirmando que, llegado el caso, habría que cambiar la legislación para suspender el partido. Nada más falso y lejano de la realidad: las leyes actuales prevén contundentes respuestas para tales desafíos.

Dos años después se atisba que de nuevo las autoridades, en una absoluta dejación de funciones, permanecerán al margen cuando de defender los intereses generales se trata. Estamos a las puertas de que vuelva a menospreciarse el himno nacional que sonará al comienzo del encuentro, tampoco hay evidencias de que alguien tome medidas que eviten el nuevo y anunciado agravio.

Por ello, he solicitado en el día de hoy, ante el Consejo Superior de Deportes, la Federación Española de Fútbol, la Liga de Fútbol Profesional y el Comité Técnico de Árbitros que, en caso de que tengan lugar incidentes de público relacionados con las conductas definidas en los apartados primero y segundo del artículo 2, o que supongan el incumplimiento de las obligaciones de los espectadores y asistentes referidas en el artículo 7 de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, todos y cada uno de los organismos y organizaciones requeridas, en el ejercicio de sus competencias, actúen con absoluto respeto a la ley exigiendo su cumplimiento y, concretamente:

1º) Que el árbitro decida su suspensión provisional como medida para el restablecimiento de la legalidad.

2º) Que si transcurrido un tiempo prudencial en relación con las circunstancias concurrentes persistiera la situación se acuerde el desalojo de la grada o parte de la misma donde se hubieren producido los incidentes y la posterior continuación del encuentro.

3º) Que si persiste la situación, tras recabar el parecer del Coordinador de Seguridad, todo ello, sin perjuicio de las facultades que les corresponden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el árbitro suspenda definitivamente el encuentro y se apliquen en su consecuencia los preceptos reglamentarios pertinentes.

4º) Que en las actas que han de extenderse, previstas en la reglamentación deportiva y en las citadas leyes, se reflejen, de forma veraz todo tipo de ofensas y acontecimientos que sucedan.

5º) Que, en todo caso y para posteriores acciones que puedan emprenderse, se custodien y no sean destruidas las pruebas audiovisuales generadas por el conjunto de cámaras que conforma el circuito cerrado de televisión del estadio.

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