martes, 24 de septiembre de 2024

Hay Derecho y su demoledor Informe 2024 (y 2)


23/09/24. Mi colaboración de ayer en Sevillainfo

Analizado en su conjunto, al margen de las informaciones monclovitas, se observa que absolutamente nada tienen que ver las intenciones del reglamento europeo con las tendenciosas pretensiones del amo del ejecutivo a propósito de su reciente anuncio pomposamente llamado ‘Plan para la regeneración democrática’ que bien podría llamarse ‘Plan para la protección de la pichona’

 Decía el pasado lunes que se ha pasado casi de puntillas en los medios de información generalistas sobre el Informe del Estado de derecho 2024, publicado el pasado viernes por la Fundación Hay Derecho.

De los cinco bloques en los que ha basado su investigación, ya nos encargamos la pasada semana del Poder Judicial y del Poder Legislativo, si bien aludiré brevemente a dos apartados propios de este último que quedaron en el tintero: Por una parte, la falta de planificación y la abundancia de imprevisión que dieron como resultado que, en 2022, casi se alcanzaran las 200 normas aprobadas sin haber sido previstas, y en 2023 incluso se superó esta cifra, lo que deja sin contenido y totalmente inútil el Plan Anual Normativo. Y, por otra, el vergonzante liderazgo que ocupa España en el incumplimiento de las obligaciones legislativas comunitarias, lo que le convierte en el país con mayor número de procedimientos por infracción abiertos en los dos últimos años por el retraso en su cumplimiento, en concreto, en 2023, un total de 81 sobre la media que se sitúa en 55, donde se encuentran Chequia o Portugal y en el polo opuesto de Lituania con solo 28 procedimientos de infracción abiertos.

Restan, por tanto, para hoy otros tres bloques no menos importantes: Contrapesos Institucionales, Derechos Humanos y Corrupción. De ellos resumimos las conclusiones y necesarias mejoras que pregona la fundación. Igualmente, resaltaré en cursiva mis propias y no necesariamente prudentes conclusiones.

 

Contrapesos Institucionales:

Destaca poderosamente la atención en el informe la tendencia al alza de la vinculación política de los magistrados del Tribunal Constitucional con los partidos que los han propuesto: Ocho de 12 magistrados han ostentado anteriormente cargos públicos. Igualmente ocurre con los nombramientos como vocales del CGPJ o del fiscal general del Estado. En la última renovación llegaron al TC un exministro del Gobierno y una ex directora general del Gobierno, por parte del PSOE, y un vocal del CGPJ a propuesta del PP. Ya expresé en este medio mi opinión al respecto en La Constitución es igual para todos y no era otra que promover la necesaria recusación no solo de los magistrados Conde Pumpido, Campo y Díez, como ha pretendido sin éxito el Partido Popular, sino haciéndolo extensivo a dos más: por una parte, a la primera catedrática de Derecho Constitucional de Andalucía, María Luisa Balaguer, no por esa condición sino por los cargos institucionales ocupados a propuesta del socialismo andaluz y, por otra, a Inmaculada Montalbán, ponente de las sentencias que ha puesto en la calle a todos los encarcelados del caso ERE y Medalla de Andalucía que recibió -qué boda sin la tía Juana- bajo el gobierno de Griñán.

El informe examina la independencia de los órganos de contrapeso que resultan claves para el buen funcionamiento de una democracia representativa liberal. Así, recuerda, primero, que la presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo, fue vicepresidenta del Gobierno y fue nombrada después de que el Tribunal Supremo anulara el nombramiento de la anterior presidenta por no cumplir con el requisito legal de ser «jurista de reconocido prestigio», en un recurso planteado por la Fundación Hay Derecho. Después, rememora que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, fue ministro de Educación y portavoz del grupo parlamentario socialista en la Asamblea de Madrid. Y por último alude a que los nombramientos de consejeros del Tribunal de Cuentas se vienen realizando por los partidos atendiendo a la lógica del «reparto de cromos», y sin demasiada atención a los criterios de profesionalidad y especialización, lo que tiene especial relevancia habida cuenta de que este órgano tiene funciones jurisdiccionales además de las de fiscalización.

En definitiva, se aprecia que allí donde corresponde a órganos políticos la elección, la afinidad política se impone al mérito y capacidad. Además, donde no ha sido posible un «intercambio de cromos», el resultado alcanzado ha sido el bloqueo.

Las mejoras que propone en este apartado se centran en revisar la normativa de estos órganos de contrapeso y organismos reguladores para establecer requisitos objetivos de profesionalidad y experiencia en la elección de sus máximos responsables. Todo ello pasa por establecer un sistema abierto, transparente y competitivo para optar a dichos cargos.

 

Derechos Humanos:

Dice el informe, sin titubeos, que España cumple con su deber y se encuentra muy bien posicionada en la ejecución de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). En 2023 se habrían cerrado el 81% de los casos supervisados por el Comité de Ministros. Sin embargo, en la vulneración del derecho a un juicio justo, que es un reproche habitual que se le hace a España por parte de la Justicia europea, se aprecia una mejora en el último año. En fin, es éste un bloque que aprobamos, por lo que hay que sentirse orgullosos.

 

Corrupción:

España continúa sin una ley sobre los grupos de interés –los llamados lobbies–, a pesar de los llamamientos sucesivos de la Comisión Europea y la OCDE. Y, para colmo de males, en el Plan Anual Normativo 2024 no se prevé su aprobación.

La Ley 2/2023, de protección a informantes de corrupción, continúa sin aplicarse, a falta de la creación de la Autoridad Independiente de Protección al Informante. Sin esta institución es muy difícil que las obligaciones de la ley se implementen, ya que no hay nadie que evalúe su aplicación, ni que imponga medidas sancionadoras, si son necesarias. Por otra parte, en el nivel autonómico se ha retrocedido y, en 2024, se ha cerrado la oficina antifraude de Baleares y se han dado pasos para limitar la independencia de otras agencias territoriales, sobre todo en Valencia.

Los conflictos de interés siguen sin ser vigilados eficientemente. La Comisión Europea y el GRECO han reiterado su llamamiento a reforzar las normas sobre conflictos de intereses de los altos cargos públicos.

Las propuestas para atajar estas deficiencias se centran en reformar la Oficina de Conflictos de Intereses para desvincularla del Gobierno y dotarla de medios adecuados y competencias sancionadoras efectivas, al tiempo que se desarrolle una normativa que regule la publicidad institucional y las subvenciones a medios de comunicación, adecuándolas a las exigencias del Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación de plena actualidad. Asimismo, propone una ley que regule los grupos de interés, incluyendo un registro público.

Analizado en su conjunto, al margen de la propaganda monclovita, se observa que absolutamente nada tienen que ver las intenciones del reglamento europeo con las tendenciosas pretensiones del “gran jefe” a propósito de su reciente anuncio pomposamente llamado ‘Plan para la regeneración democrática’ que bien podría llamarse ‘Plan para la protección de la pichona’. De hecho, el objetivo en el que se basa el renombrado Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación es el de establecer salvaguardias para combatir las injerencias políticas en las decisiones editoriales de los proveedores de medios de comunicación, tanto públicos como privados, proteger a los periodistas y a sus fuentes y garantizar la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación.

Entre los elementos clave del Reglamento figuran: servicios de medios de comunicación independientes con una fuente estable de financiación; transparencia en cuanto a la propiedad de los medios de comunicación; protección de la independencia editorial y, finalmente, salvaguardias para garantizar el pluralismo de los medios de comunicación y evitar su concentración. Además, prevé la creación del Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación, un nuevo elemento de vigilancia de la libertad de los medios de comunicación.

Al tiempo establece que los Estados miembros podrán adoptar normas más estrictas o detalladas que las establecidas en las secciones pertinentes del Reglamento. Y éste es el resorte al que el pichón de La Moncloa pretende agarrarse para dictar una normativa en dirección contraria a la pretendida por la norma europea.

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